ITE en Madrid: qué es, cuándo es obligatoria y cómo tramitarla

Si tu edificio tiene más de 30 años o tu comunidad ha recibido un aviso del Ayuntamiento, es probable que necesites pasar la Inspección Técnica de Edificios. Pero ¿qué implica exactamente, cuándo es obligatoria y qué pasa si suspende?

En ITS Rehabilitaciones somos técnicos especializados en ITE en Madrid con amplia experiencia en comunidades de propietarios. En esta guía te explicamos todo: qué inspecciona el técnico, qué plazos tienes y cómo tramitarla paso a paso.

¿Qué es la ITE?

La ITE (Inspección Técnica de Edificios) es una revisión técnica obligatoria que deben pasar todos los edificios de viviendas a partir de cierta antigüedad. Su objetivo es evaluar el estado de conservación del inmueble y garantizar la seguridad de sus ocupantes y de terceras personas.

En la Comunidad de Madrid, la ITE está regulada por la Ley 2/1999 de medidas para la calidad de la edificación y las ordenanzas municipales. Cada municipio puede fijar sus propios plazos y requisitos, aunque todos deben ajustarse al marco autonómico.

La inspección debe ser realizada por un técnico competente (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) que emite un informe con el resultado: Favorable, Favorable con deficiencias leves, Desfavorable o Cautelar. Solo el resultado Favorable permite cerrar el expediente ante el Ayuntamiento.

rehabilitación de edificios en Madrid

¿Cuándo es obligatoria la ITE en Madrid?

En Madrid capital, los edificios deben pasar la primera ITE antes de cumplir 30 años desde su construcción. A partir de ahí, la periodicidad es de 10 años. Para edificios anteriores a 1975, los plazos ya estaban establecidos y en la mayoría de los casos llevan años siendo exigibles.

  • Antes de 1975: inspección ya exigible desde hace años — si no se ha pasado, el edificio está fuera de plazo
  • Entre 1975 y 1994: deben haberla pasado o estar en trámite actualmente
  • A partir de 1994: obligatoria antes de cumplir 30 años desde la construcción
  • Periodicidad: cada 10 años una vez superada la primera inspección

El Ayuntamiento de Madrid también puede requerir una ITE extraordinaria en cualquier momento si detecta posibles problemas estructurales o de conservación. Si tu comunidad aún no la ha pasado y el edificio tiene más de 30 años, puede estar acumulando sanciones.

¿Qué se inspecciona en una ITE?

El técnico evalúa de forma visual el estado general del edificio. No se trata de una auditoría exhaustiva con catas o pruebas destructivas, sino de una inspección ocular sistemática de los elementos más relevantes para la seguridad:

  • Fachadas y cubiertas: desprendimientos, humedades, grietas, estado del revestimiento exterior
  • Estructura: pilares, vigas, forjados y cimentación en la medida en que sean visibles
  • Instalaciones comunes: fontanería, electricidad, gas y saneamiento de las zonas comunitarias
  • Accesibilidad: adecuación a la normativa vigente para personas con movilidad reducida
  • Elementos singulares: balcones, cornisas, terrazas y cualquier vuelo que pueda suponer riesgo para viandantes

El técnico redacta un informe detallado con todas las deficiencias encontradas, clasificadas por gravedad (muy graves, graves o leves), y establece los plazos de subsanación correspondientes.

¿Qué ocurre si el edificio suspende la ITE?

Si el informe resulta Desfavorable o Cautelar, la comunidad de vecinos tiene la obligación de realizar las obras de rehabilitación necesarias en el plazo que marque el técnico y el Ayuntamiento. No actuar tiene consecuencias reales:

  • Deficiencias muy graves (riesgo inminente): plazo de días o semanas para adoptar medidas urgentes de seguridad
  • Deficiencias graves: plazo habitual de 6 meses para subsanarlas completamente
  • Deficiencias leves: plazo de hasta 2 años en muchos casos

Si la comunidad no realiza las obras en el plazo establecido, el Ayuntamiento puede imponer multas a los propietarios, ejecutar las obras subsidiariamente y repercutir su coste, o en casos extremos declarar la inhabitabilidad del edificio.

En ITS Rehabilitaciones acompañamos a las comunidades desde la propia inspección inicial hasta la ejecución completa de las obras y la obtención del certificado de subsanación definitivo.

¿Cuánto cuesta una ITE en Madrid?

técnico revisando un presupuesto

El coste de una ITE en Madrid depende principalmente del número de viviendas del edificio y de su complejidad constructiva. Como referencia orientativa:

  • Edificio de hasta 10 viviendas: desde 400 € hasta 800 €
  • Entre 11 y 30 viviendas: entre 800 € y 1.500 €
  • Más de 30 viviendas: a partir de 1.500 € (según superficie y número de plantas)

A esto hay que añadir las tasas municipales de presentación del informe ante el Ayuntamiento, que en Madrid capital rondan los 150-300 € según el número de plantas y viviendas. Es conveniente solicitarlas en el distrito correspondiente antes de iniciar el trámite.

El coste de la inspección es relativamente pequeño comparado con el posible coste de las obras si el edificio presenta deficiencias. Recomendamos hacer una revisión previa informal para anticipar posibles problemas y presupuestarlos con tiempo.

¿Cómo tramitar la ITE en Madrid?

trámite administrativo profesiona

El proceso de tramitación de la ITE en Madrid consta de varios pasos bien definidos:

  1. Contratar un técnico habilitado: arquitecto, arquitecto técnico o aparejador colegiado con experiencia en inspecciones de edificios
  2. Realizar la inspección: el técnico visita el edificio y evalúa visualmente su estado general
  3. Emitir el informe ITE: redacción del informe con el resultado y las deficiencias clasificadas por gravedad
  4. Presentar ante el Ayuntamiento: el informe se entrega en el registro municipal junto con las tasas correspondientes
  5. Subsanar deficiencias (si las hay): contratar empresa rehabilitadora y ejecutar las obras en plazo
  6. Certificado de subsanación: una vez corregidas las deficiencias, el técnico emite el certificado final favorable

El Ayuntamiento de Madrid dispone de un portal online para consultar el estado de la ITE de cualquier edificio y presentar los trámites de forma telemática. También puedes gestionar el expediente presencialmente en la sede del distrito correspondiente.

¿Es obligatoria la ITE para vender un piso?

Sí. Desde la aprobación de la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, para transmitir una vivienda en un edificio que ya tiene la ITE vencida o con resultado desfavorable, es necesario acreditar que las deficiencias han sido subsanadas.

En la práctica esto supone:

  • Si el edificio aún no ha pasado la ITE y ya le corresponde, conviene regularizarla antes de vender para evitar complicaciones notariales
  • Si el edificio tiene la ITE con resultado desfavorable, el notario puede requerir documentación sobre el estado de las obras
  • Los compradores pueden exigir una rebaja en el precio equivalente al coste estimado de las obras pendientes
  • Muchos bancos y tasadores valoran negativamente los edificios con ITE vencida o desfavorable a la hora de conceder hipotecas o emitir tasaciones

Si tu comunidad tiene la ITE pendiente o con deficiencias y necesitas regularizar la situación, en ITS Rehabilitaciones te asesoramos sin compromiso.

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En ITS Rehabilitaciones realizamos la inspección, redactamos el informe oficial y ejecutamos las obras de rehabilitación necesarias. Atendemos comunidades en toda la Comunidad de Madrid.

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